Ayuntamiento de Santacara

24 de enero de 2020

Consulta previa Ordenanza Comunales

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CONSULTA PÚBLICA PREVIA A LA ORDENANZA MUNICIPAL DE COMUNALES DE CULTIVO DE SANTACARA

De acuerdo con lo previsto en el Artículo 133 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre de 2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, éstas, con carácter previo a la elaboración de un proyecto o anteproyecto normativo, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la Administración competente, en la que se recabará la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma acerca de:

  1. Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa.
  2. La necesidad y oportunidad de su aprobación.
  3. Los objetivos de la norma.
  4. Las posibles soluciones alternativas regulatorias y no regulatorias.

Con el fin de recabar la opinión de los afectados por la norma, se abre un plazo de 20 días hábiles  (desde el 24 de enero al 20 de febrero, ambos incluidos) para que todos los interesados presenten por correo electrónico dirigido a ayuntamiento@santacara.es o a través de cualquiera de los medios indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, sus opiniones y aportaciones a esta ordenanza.

CONSULTA PÚBLICA PREVIA A LA ORDENANZA MUNICIPAL DE COMUNALES DE CULTIVO DE SANTACARA

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